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SENIAT elimina la fecha de vencimiento del RIF

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) oficializó la reforma de la providencia administrativa que regula el Registro de Información Fiscal (RIF), la cual establece la eliminación de la fecha de vencimiento de este documento esencial para los contribuyentes.

De acuerdo con lo informado por el superintendente del organismo, Román Maniglia, la medida surge tras exhaustivas revisiones técnicas y legales que determinaron que la caducidad temporal del RIF constituía una condición poco relevante susceptible de generar trámites innecesarios de actualización.

Claves de la nueva normativa:

  • Vigencia permanente: A partir de esta providencia, el RIF ya no vence, asignándose con carácter permanente, exclusivo y personal a cada sujeto pasivo.
  • Deber de actualización: Se mantiene la obligación de actualizar los datos a través de los medios electrónicos del SENIAT únicamente cuando se requiera incorporar cambios inherentes al contribuyente (tales como denominación comercial, domicilio fiscal, representantes legales, entre otros).
  • Comprobante Digital: Los contribuyentes inscritos que no presenten modificaciones que exijan actualización podrán imprimir su Comprobante Digital directamente desde el portal web oficial (www.seniat.gob.ve) u otra aplicación tecnológica autorizada cada vez que lo requieran.

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