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¿Podría el trabajo comunitario mejorar conducta de los mototaxistas?

Una  nueva ordenanza Reguladora del Uso y Circulación de Motocicletas y Transporte Público de Personas en Modalidad Individual de Mototaxi busca sancionar con horas trabajo comunitario a conductores de motos que infrinjan las normas estipuladas en el instrumento legal.

Barquisimeto, estado Lara, 4 de junio de 2024- La imprudencia de los motorizados en las calles de Barquisimeto y Venezuela ha generado quejas entre la ciudadanía, especialmente en redes sociales, plataformas en las que usuarios solicitan medidas a las autoridades para abordar tal situación, ya que la demanda de este tipo de vehículos ha aumentado significativamente en el país. Esto se debe tanto a la accesibilidad para adquirir una motocicleta, el bajo consumo de combustible que requiere y un menor costos de mantenimiento en comparación con un automóvil.

Para enfrentar la anarquía en la que a menudo los motorizados son protagonistas, en el municipio Libertador se aprobó recientemente la Ordenanza Reguladora del Uso y Circulación de Motocicletas y Transporte Público de Personas en Modalidad Individual de Mototaxi. Aunque el Concejo Municipal la aprobó por unanimidad, aún no ha sido promulgada por la alcaldesa Carmen Meléndez, exgobernadora del estado Lara.

Según una publicación en el diario VEA, esta ordenanza reitera varios artículos contemplados en las normas legales sobre transporte terrestre y sus reglamentos. El documento legal consta de 37 artículos y fue aprobado por unanimidad tras someterse a consulta pública. 

Todas las partes estuvieron de acuerdo con las disposiciones relacionadas con los trabajos comunitarios que deben realizar aquellos que infrinjan la ordenanza, tales como:

  • Limpieza, pintura y restauración de escuelas y demás centros educativos públicos o privados.
  • La limpieza, pintura y restauración de plazas, ornatos y lugares públicos.
  • La limpieza, pintura y restauración de los centros de salud.
  • La limpieza, pintura y restauración de las sedes de organismos encargados de hacer cumplir la presente Ordenanza.
  • La colaboración laboral en comedores y organismos de seguridad social dependientes de la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital.
  • La realización de actividades docentes vinculadas a la temática de la infracción cometida en los centros educativos de la colectividad, dependiendo del grado de instrucción y profesión de la infractora o infractor.
  • Cualquier otro que indique la autoridad correspondiente que pueda contribuir en el mantenimiento y orden social del municipio o parroquia correspondiente.
Foto referencial 
Con información de El Informador

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